Fines y Objetivos

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Artículo 1.- El Ministerio de Transportes, Correos y Telecomunicaciones  es el Órgano de la Administración Central del Estado encargado de dirigir, gestionar y ejecutar la política general diseñada por el Gobierno en materia de transporte terrestre, administración marítima y portuaria, correos y demás servicios postales, Telecomunicaciones, nuevas tecnologías e instalaciones marítimas,  fomentando y promocionando la actividad pública y privada en dichos sectores y creando las condiciones necesarias para ello.

Artículo 2.- El Ministerio de Transportes, Correos y Telecomunicaciones es la Autoridad Marítima competente de la República de Guinea Ecuatorial, que regula y organiza todos los servicios y actividades del sector marítimo.

Artículo 3.- El presente Reglamento Orgánico y Funcional tiene como objeto organizar la estructura orgánica y funcional del Ministerio de Transportes, Correos y Telecomunicaciones, estableciendo y regulando las funciones específicas de los Órganos que lo integran, con el fin de que las acciones de cada uno de ellos se enmarquen dentro de una correcta y eficaz coordinación  administrativa.